FEMPA 2021 - 2027

El Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura  (FEMPA)  es el fondo europeo del marco financiero plurianual 2021-2027 para las políticas marítimas y pesqueras de la UE.

La norma que lo regula es el Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por lo que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por lo que se modifica el Reglamento (UE) 2017/1004, que establece las prioridades del FEMPA, su presupuesto y las normas específicas para la concesión de las ayudas.

Además, para la concesión de la financiación de los proyectos que se presenten también hay que tener en consideración el reglamento que se conoce como Reglamento de Disposiciones Comunes (RDC) que es el Reglamento (UE) 2021/1060) que aplica también para el resto de los fondos de este período 2021-2027.

Prioridades

Las prioridades de este Fondo son:

  • Prioridad 1: fomentar la pesca sostenible y la recuperación y conservación de los recursos biológicos acuáticos.
  • Prioridad 2: fomentar las actividades sostenibles de acuicultura, así como la transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura, contribuyendo así a la seguridad alimentaria en la Unión.
  • Prioridad 3: permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas.
  • Prioridad 4: reforzar la gobernanza internacional de los océanos y permitir que los mares y océanos sean seguros, protegidos, limpios y estén gestionados de manera sostenible.

Funcionamiento

Al igual que en el período anterior (2014-2020) una parte del presupuesto total del Fondo es asignada la cada estado miembro en el que se llama gestión compartida del fondo, es decir, las autoridades nacionales y la Comisión son responsables conjuntamente de la aplicación del programa.

Cada estado miembro elabora un programa nacional (aprobado por la Comisión), en el que establece como va a disponer del dinero de la parte del Fondo que tiene asignada.

En España, la Secretaría General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente es la autoridad de gestión del Fondo y distribuye una parte entre las Comunidades Autónomas. La autoridad de gestión también puede delegar funciones en los organismos intermedios de gestión.

Cada Comunidad Autónoma con organismos intermedios de gestión determina los tipos de intervención (equivalente a las medidas del fondo anterior) que van a emplear del Fondo para alcanzar los objetivos establecidos.

Los criterios para la selección de los proyectos son elaborados conxuntamento por los organismos intermedios de gestión de las CCAA y la autoridad de gestión, de manera que existe un documento único de criterios de selección para España.

Para que la autoridad de gestión y los organismos intermedios de gestión reciban el reembolso de las cantidades abonadas al beneficiario, deberán certificarse los importes a la Comisión.

Documentos asociados